Gobierno Departamental
- El Gobierno y la Administración de los Departamentos serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente.
- Integración:
Funciones:
o Vialidad urbana y vecinal.
o Tránsito
o Alumbrado público.
o Mantenimiento de plazas y parques.
o Transporte público.
o Funcionamiento de ferias y mercados.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES (Art. 262 y sig. de la Constitución)
- El Gobierno y la Administración de los Departamentos serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente.
- Integración:
o Intendencia
o Junta departamental
o Juntas locales
- Funciones:
o Vialidad urbana y vecinal.
o Tránsito
o Alumbrado público.
o Mantenimiento de plazas y parques.
o Transporte público.
o Funcionamiento de ferias y mercados.
INTENDENCIA
Órgano unipersonal integrado por el intendente electo directamente por el cuerpo electoral, el 2º domingo del mes de mayo del año siguiente a las elecciones nacionales. Tienen sus sedes en las capitales departamentales e inician sus funciones sesenta días después de su elección.
- Requisitos:
o 30 años.
o Ciudadanía natural o legal con 7 años de ejercicio.
o Nativo del departamento o haber estado radicado en el mismo tres años antes de la toma de posesión.
o Permanece en el cargo durante los 5 años de gobierno.
o Puede ser reelecto 1 sola vez.
- Funciones:
o Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes.
o Promulgar y publicar los decretos sancionados por la Junta Departamental.
o Preparar el presupuesto.
o Proponer a la Junta Departamental los impuestos, tasas y contribuciones.
o Nombrar a los empleados de sus dependencias
o Destituir a los empleados de la misma
o Designar a los miembros de las Juntas locales.
JUNTA DEPARTAMENTAL
Órgano legislativo porque tiene a su cargo la elaboración de los decretos y resoluciones del gobierno departamental.
Órgano pluripersonal y unicameral.
Integrado por 31 miembros llamados ediles, electos por el cuerpo electoral.
Son cargos honorarios.
- Requisitos
o 18 años de edad.
o Ciudadanía natural o legal con 3 años de ejercicio.
o Nativo del departamento o estar radicado en él desde 3 años antes.
o Duran 5 años en el ejercicio de sus funciones.
- Funciones
o Dictar, a propuesta del Intendente o iniciativa propia, los decretos y resoluciones.
o Sancionar los presupuestos.
o Crear o fijar, a propuesta del Intendente, impuestos, tasas, contribuciones y precios de los servicios que presten.
o Nombrar a los empleados de sus dependencias.
o Corregir, suspender y destituir a los funcionarios por ineptitud, omisión o delito.
o Pedir informes al intendente y hacerlo concurrir a sala para que de cuenta de su gestión
CONGRESO DE INTENDENTES
A partir de 1996, se crea el Congreso de Intendentes, con el fin de coordinar las políticas de los gobiernos departamentales.
MUNICIPIOS
ATRIBUCIONES
( Potestad que tienen para cumplir un cometido)
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